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 Normativa >> Ley 10069 >> Fecha 09/11/2021 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 10069 - Articulo 1
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Artículo 1
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N° 10069

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY SOBRE LETRA DE CAMBIO Y PAGARÉ ELECTRÓNICOS

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1- Ámbito de aplicación

a) La presente ley será aplicable únicamente a la letra de cambio y al pagaré electrónicos. En lo no regulado por esta ley en materia de carácter sustantivo se aplicarán las disposiciones contenidas en el Código de Comercio vigente sobre letra de cambio y pagaré.

b) Salvo en los casos previstos en la presente ley, nada de lo dispuesto en ella afectará los títulos valores emitidos en papel.

c) En materia procesal, en lo no previsto en esta norma, se aplicarán las reglas contenidas en el Código Procesal Civil.

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