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 Normativa >> Ley 10069 >> Fecha 09/11/2021 >> Articulo 5
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Normativa - Ley 10069 - Articulo 5
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Artículo 5
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ARTÍCULO 5- Interpretación. La presente ley deberá ser interpretada en conjunto con los principios aquí establecidos y con las regulaciones que se refieren a la letra de cambio y pagaré en el Código de Comercio, debiendo prevalecer, en caso de contradicción, las disposiciones estipuladas en esta ley. La misma regla aplicará respecto de las demás normativas sustanciales o procesales que regulen las materias desarrolladas en esta ley.

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