Artículo 24º-. Sobre la
resolución de homologación. Una vez completada la información por parte de
la persona física o el representante legal de la persona jurídica, la CNC
deberá emitir una resolución fundada en donde exprese los motivos por los
cuales aprueba o rechaza la homologación o denegación de los contratos. Dicha
resolución deberá emitirse en el plazo de 45 días naturales, pudiendo
extenderse hasta por la mitad de dicho plazo, previa justificación e indicación
al interesado de las razones para dicha ampliación.
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