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 Normativa >> Ley 10086 >> Fecha 08/12/2021 >> Articulo 3
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Normativa - Ley 10086 - Articulo 3
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Artículo 3    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO III- La Aresep tendrá un plazo no superior a doce meses, contado a partir de la publicación de la presente ley, para aprobar las metodologías señaladas para la elaboración de estudios que determinen la capacidad de penetración de generación distribuida en los circuitos de distribución y la capacidad de penetración segura de generación que utiliza fuentes renovables en el SEN del artículo 6, inciso f).

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