ARTÍCULO 14- Control, fiscalización y
sanciones. El Ministerio de Salud regulará, controlará y fiscalizará el
efectivo cumplimiento de esta ley sus reglamentos.
El Registro Nacional de Infractores creado
mediante la Ley 9028, Ley General de Control del Tabaco y sus Efectos Nocivos
en la Salud, de 22 de marzo de 2012, tendrá a su cargo también llevar el
historial de faltas y sanciones que cometan los infractores de la presente ley.
El Ministerio de Seguridad Pública
colaborará, con las autoridades del Ministerio de Salud, en el control, la
fiscalización y la ejecución de la presente ley.
|