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 Normativa >> Ley 10159 >> Fecha 08/03/2022 >> Articulo 20
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Normativa - Ley 10159 - Articulo 20
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Artículo 20
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ARTÍCULO 20- Cese del empleo público. Son causas de cese del empleo público:

a) La renuncia a la condición de persona servidora pública.

b) La jubilación.

c) La sanción disciplinaria de despido que tenga carácter firme.

d) La sanción principal o accesoria de inhabilitación para el ejercicio en la función pública que tenga carácter firme.

e) En casos de excepciones muy calificadas por:

1) Reducción forzosa de servicios o de labores por falta de fondos.

2) Reducción forzosa de servicios para conseguir una más eficaz y económica reorganización de estos siempre que esa reorganización afecte por lo menos al cincuenta por ciento (50%) de los empleados de la respectiva dependencia pública.

En ambos casos, tales reducciones forzosas deberán ser precedidas de una rigurosa justificación técnica que fundamente la decisión de la autoridad jerárquica y procederán previo pago de las prestaciones y de la indemnización que puedan corresponder a cada persona servidora pública.

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