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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43432 >> Fecha 09/03/2022 >> Articulo 39
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43432 - Articulo 39
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Artículo 39
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Artículo 39°. - Cambios, adiciones o traslado de actividades. En el caso que un permisionario decida adicionar actividades principales o accesorias que se identifican con una subclase del CAECR diferente debe presentar ante la DARS el Formulario de solicitud de Modificación o Reposición de Permiso (Anexo 11) debidamente lleno.

Si se trata de una actividad principal que requiera del cumplimiento de requisitos adicionales a los ya presentados o si se encuentra entre las actividades señaladas en el Artículo 7° del presente reglamento, debe tramitar el permiso por primera vez de acuerdo con lo establecido en el Artículo 10° de esta norma. De igual manera debe proceder en caso de que decida trasladar sus actividades a un nuevo establecimiento o unidad móvil de servicios de salud.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43784 del 25 de octubre del 2022)

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