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Artículo 10.- En un plazo no mayor de seis meses, el Poder Ejecutivo
integrará una comisión con representantes del Poder Legislativo, del
Poder Ejecutivo, del sector productivo y del sector laboral, para
realizar una revisión integral de las instituciones de carácter social,
públicas y privadas, con financiamiento estatal, a fin de racionalizar al
máximo los fondos destinados a su financiamiento, en relación con la
eficiencia de los servicios prestados al pueblo costarricense. Las
recomendaciones que formule esta comisión serán presentadas ante el
Consejo Social de la Presidencia de la República.
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