Artículo 3º- Refórmese el primer párrafo del artículo 7 del
Reglamento para el Trámite de Revisión de los Planos para la Construcción,
Decreto Ejecutivo No.36550 MP-MIVAH-S-MEIC, párrafo que se leerá de la
siguiente manera:
Artículo 7.-
Requisitos documentales para el trámite de proyectos bajo el régimen de propiedad
en condominio de cualquier tipo y urbanizaciones. Para el diseño de los planos de proyectos
bajo el régimen de propiedad en condominio, de Urbanizaciones y
Conjuntos Residenciales, deben cumplirse los requerimientos establecidos
por las leyes especiales que correspondan a estas materias, los cuales se detallan
en la Sección 4. "Urbanizaciones, Condominios y Conjuntos
Residenciales" del "Manual de Subclasificaciones de Proyectos
de Construcción" oficializado en el sitio www.tramitesconstruccion.go.cr,
de conformidad con el Decreto Ejecutivo N°33615-MPMEIC- SALUD-MIVAH,
"Oficialización del Portal Oficial del Gobierno de Costa Rica para
Trámites de Construcción".
(.)
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