Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43318 >> Fecha 29/10/2021 >> Articulo 3
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 3     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 43318 - Articulo 3
Ir al final de los resultados
Artículo 3
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 3º- Refórmese el primer párrafo del artículo 7 del Reglamento para el Trámite de Revisión de los Planos para la Construcción, Decreto Ejecutivo No.36550 MP-MIVAH-S-MEIC, párrafo que se leerá de la siguiente manera:

Artículo 7.- Requisitos documentales para el trámite de proyectos bajo el régimen de propiedad en condominio de cualquier tipo y urbanizaciones. Para el diseño de los planos de proyectos bajo el régimen de propiedad en condominio, de Urbanizaciones y Conjuntos Residenciales, deben cumplirse los requerimientos establecidos por las leyes especiales que correspondan a estas materias, los cuales se detallan en la Sección 4. "Urbanizaciones, Condominios y Conjuntos Residenciales" del "Manual de Subclasificaciones de Proyectos de Construcción" oficializado en el sitio www.tramitesconstruccion.go.cr, de conformidad con el Decreto Ejecutivo N°33615-MPMEIC- SALUD-MIVAH, "Oficialización del Portal Oficial del Gobierno de Costa Rica para Trámites de Construcción".

(.)

Ir al inicio de los resultados