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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43525 >> Fecha 26/04/2022 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43525 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15° -Vigencia. Este Decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, San José. A los veintiséis días del mes de abril de dos mi veintidós.

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