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 Normativa >> Reglamento 06 >> Fecha 06/04/2022 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento 06 - Articulo 1
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COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS

(Esta norma fue por el artículo 29 del Reglamento para la organización y funcionamiento de los comités regionales, municipales, distritales y comunales de emergencia aprobado mediante sesión ordinaria Nº 01-01-2024 del 18 de enero del 2024)

La Junta Directiva de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias mediante Acuerdo N° 070-04-2022, de la Sesión Ordinaria Nº 06-04-2022 del 06 de abril de 2022, dispuso lo siguiente:

REGLAMENTO PARA LA ORGANIZACIÓN

Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS

REGIONALES, MUNICIPALES,

DISTRITALES Y COMUNALES

DE EMERGENCIA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1°-Finalidad: El presente Reglamento regula el funcionamiento de los comités de emergencia en los niveles regional, cantonal, distrital y comunal en todo el territorio nacional, según lo establecido en el inciso c) del artículo 10 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención de Riesgo y su Reglamento.

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