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 Normativa >> Ley 10235 >> Fecha 03/05/2022 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 10235 - Articulo 1
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Artículo 1
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N° 10235

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÜBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADlCAR

LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LA POLÍTICA

CAPITULO I

OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

ARTICULO 1- Objetivo. El objetivo de la presente ley es prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política como práctica discriminatoria por razón de género, que es contraria al ejercicio efectivo de los derechos políticos de las mujeres, todo en concordancia con el principio de igualdad ante la ley de todas las personas, establecido en el artículo 33 de la Constitución Política del país.

Queda entendido que la discrepancia de criterio, el disenso de opiniones, la manifestación de posiciones adversas, el debate o la discusión democráticos, la selección o el apoyo a alternativas distintas de las planteadas o propuestas por una mujer, están protegidos por los principios de libertad de expresión y de autodeterminación.

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