N° 10235
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE
LA REPÜBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY PARA PREVENIR, ATENDER,
SANCIONAR Y ERRADlCAR
LA VIOLENCIA CONTRA LAS
MUJERES EN LA POLÍTICA
CAPITULO I
OBJETIVO Y ÁMBITO DE
APLICACIÓN
ARTICULO 1- Objetivo. El
objetivo de la presente ley es prevenir, atender, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres en la política como práctica discriminatoria por
razón de género, que es contraria al ejercicio efectivo de los derechos
políticos de las mujeres, todo en concordancia con el principio de igualdad
ante la ley de todas las personas, establecido en el artículo 33 de la
Constitución Política del país.
Queda entendido que la
discrepancia de criterio, el disenso de opiniones, la manifestación de
posiciones adversas, el debate o la discusión democráticos, la selección o el
apoyo a alternativas distintas de las planteadas o propuestas por una mujer,
están protegidos por los principios de libertad de expresión y de autodeterminación.
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