34
Artículo 34.- Los esposos comparten la
responsabilidad y el gobierno de la familia. Conjuntamente deben regular los
asuntos domésticos, proveer a la educación de sus hijos y
preparar su porvenir. Asimismo, están obligados a respetarse, a
guardarse fidelidad y a socorrerse mutuamente. Deben vivir en un mismo hogar
salvo que motivos de conveniencia o de salud para alguno de ellos o de los
hijos, justifique residencias distintas.
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