137
Artículo 137.- Interés superior de la
persona menor de edad. (Derogado por el
artículo 4° punto II) inciso a) de la ley que aprobó el
Código Procesal de Familia, N° 9747 del 23 de octubre de 2019)
(Así adicionado por el artículo 2 de ley No.7538 del 22 de
agosto de 1995)
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