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 Normativa >> Ley 5476 >> Fecha 21/12/1973 >> Articulo 160
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Normativa - Ley 5476 - Articulo 160
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Artículo 160 -BIS    (No vigente*)
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160

Artículo 160 bis.- (Derogado por el artículo 4° punto II) inciso a) de la ley que aprobó el Código Procesal de Familia, N° 9747 del 23 de octubre de 2019)

(Así adicionado por el artículo 66 de la Ley N° 7654 de 19 de diciembre de 1996, “ Ley de Pensiones Alimentarias”)

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