Artículo 159.-
La patria potestad puede suspenderse, modificarse, a juicio del Tribunal y
atendiendo al interés de los menores, además de los casos
previstos en el artículo 139 (*), por:
1) La ebriedad
habitual, el uso indebido de drogas, el hábito de juego en forma que
perjudique al patrimonio de la familia, las costumbres depravadas y la vagancia
comprobada de los padres.
2) La dureza excesiva
en el trato o las órdenes, consejos, insinuaciones o ejemplos
corruptores que los padres dieren a sus hijos;
3) La negativa de los
padres a dar alimentos a sus hijos, el dedicarlos a la mendicidad y permitir
que deambulen en las calles;
4) El delito cometido
por uno de los padres contra el otro o contra la persona de alguno de sus hijos
y la condenatoria a prisión por cualquier hecho punible;
5) Incapacidad o
ausencia declarada judicialmente; y
6) Por cualquier otra
forma de mala conducta notoria de los padres, abuso del poder paterno,
incumplimiento de los deberes familiares o abandono judicialmente declarado de
los hijos.
Las sanciones previstas
en este artículo podrán aplicarse a los padres independientemente
de los juicios de divorcio y separación judicial.
(*) (Actualmente artículo 152)
(Así corrida su numeración
por el artículo 2 de ley No.7538 del 22 de agosto de 1995, que lo
traspasó del antiguo artículo 146 al 159)
(Nota de Sinalevi: Mediante el artículo 2
aparte II) de la ley que aprueba el Código Procesal de Familia, N°
9747 del 23 de octubre del 2019, se reformará este numeral. De conformidad
con el transitorio III de la ley antes mencionada dicha modificación
entrarán a regir a partir del 1° de octubre del 2022, por lo que a
partir de esa fecha el nuevo texto será el siguiente: “Artículo 159- Suspensión de los atributos de
la responsabilidad parental. Son causas de suspensión de los atributos
de la responsabilidad parental:
a) Cuando el uso
indebido y habitual de drogas u otras sustancias estupefacientes torne
imposible la convivencia y el sano ejercicio de los deberes y derechos para con
los hijos.
b) Por cualquier otra
forma de mala conducta notoria de los padres, abuso del
poder paterno e
incumplimiento de los deberes familiares. “)