Artículo
11.-Exclusión de rentas pasivas. Los ingresos derivados de las rentas pasivas
no se consideran ingresos de los trabajadores independientes que estén sujetos
a las contribuciones de los seguros sociales.
En esta categoría se encuentran: ingresos
por certificados de inversión, avales, dividendos, intereses no derivados de
una actividad laboral o profesional, arrendamiento de licencias o patentes;
intereses de inversiones financieras; otras formas de distribución de
utilidades; dietas por participación en órganos colegiados e ingresos por
alquileres.
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