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 Normativa >> Reglamento 9257 - A >> Fecha 05/05/2022 >> Articulo 5
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Normativa - Reglamento 9257 - A - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º-Situación de los trabajadores independientes morosos. Cuando un trabajador independiente se encuentre en condición de moroso, el costo total de los servicios que éste o sus beneficiarios familiares reciban de los establecimientos de salud de la CCSS, deberán ser cubiertos en su totalidad por el trabajador independiente, conforme a las siguientes reglas:

1. En casos de emergencia o urgencia, se procederá con prioridad a brindar los servicios y atenciones necesarios, de conformidad con el artículo 66° del Reglamento del Seguro de Salud, y posteriormente se efectuará la facturación del costo total de éstos a nombre del trabajador independiente.

2. En los casos en que no califiquen como emergencia o urgencia, el trabajador independiente deberá cancelar de forma anticipada el costo de los servicios y atenciones que se le prestarán.

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