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 Normativa >> Reglamento municipal 107 >> Fecha 17/05/2022 >> Articulo 101
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Normativa - Reglamento municipal 107 - Articulo 101
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Artículo 101
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Artículo 101. Fiscalización. La Municipalidad tendrá la potestad de realizar la fiscalización del cumplimiento de las condiciones estipuladas en la legislación vigente y podrá realizar las denuncias por incumplimiento ante las autoridades pertinentes.

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