Artículo 103. Alternativas
a la Disposición Final en Rellenos Sanitarios. La Municipalidad podrá optar por
la utilización de alternativas para la disposición final de los residuos, ya sea
para su aprovechamiento en la generación de nuevas materias primas, energía o cualquier
otra forma que permita una mejor gestión de los residuos. Estas alternativas podrán
implementarse en la gestión de los residuos únicamente si se demuestra técnica
y financieramente su viabilidad.
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