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 Normativa >> Reglamento municipal 107 >> Fecha 17/05/2022 >> Articulo 107
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Normativa - Reglamento municipal 107 - Articulo 107
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Artículo 107
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Artículo 107. El Departamento de Gestión Ambiental, deberán levantar un inventario de los sitios de disposición clandestinos, a fin de elaborar las políticas de control y erradicación de estas áreas.

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