Artículo 131. Requisitos
para la Reclasificación de Generadores. El generador que busque una
reclasificación, deberá demostrar evidencia formal de su generación, haciendo
uso del Programa de Residuos por parte de los Generadores, el cual es un
requisito requerido para obtener el permiso de funcionamiento del Ministerio de
Salud, con histórico de generación de residuos y separación desde la fuente.
Deberá presentar registros válidos otorgados por gestores autorizados por el
Ministerio de Salud para la recolección y acopio de residuos valorizables.
Podrá presentar cualquier otra documentación que demuestre su generación actual
de residuos. En caso de que la Municipalidad lo considere necesario para
validar la información, se realizará un estudio técnico de pesaje de los
residuos sin previo aviso para el generador.
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