Artículo 143.
Reconocimiento Municipal a la Gestión Integral de Residuos. La Municipalidad
podrá hacer anualmente un reconocimiento público a las personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas que realicen una labor sobresaliente para el mejoramiento
de la gestión integral de residuos, la protección del ambiente y el uso de
tecnologías limpias en sus procesos productivos, comerciales o residenciales.
La Municipalidad comunicará y realizará el reconocimiento mediante los medios
de comunicación disponibles.
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