MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
PROYECTO DE REGLAMENTO MUNICIPAL GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS
La Municipalidad de
Alajuelita en uso de las facultades conferidas en el Artículo 140 incisos 3) y
18) y el Artículo 169 de la Constitución Política de la República de Costa Rica;
el Artículo 28 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº
6227; los Artículos 60 inciso c) y 69 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554;
el Artículo 8 inciso b) de la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839;
el Artículo 13 inciso c) del Código Municipal Nº 7794; y según acuerdo
municipal, de la Sesión Ordinaria número 107 de fecha 17 de mayo del 2022.
Considerando:
a) Que el Artículo 50 de la
Constitución Política reconoce el derecho de toda persona a gozar de un
ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como el deber del Estado de garantizar,
defender y preservar dicho derecho.
b) Que de conformidad con
el Artículo 169 de la Constitución Política corresponde a la municipalidad la
administración de los intereses y servicios locales.
c) Que de conformidad con
la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839, publicada en La Gaceta Nº
135 del 13 de julio de 2010, corresponde a las municipalidades la gestión integral
de residuos en su cantón.
d) Que de conformidad con
el Código Municipal Nº 7794, el Concejo Municipal puede organizar mediante
reglamento, la prestación de los servicios públicos municipales.
e) Que de conformidad con
el Artículo 8 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839, y el
Reglamento sobre el Manejo de Residuos Sólidos Ordinarios, Decreto Ejecutivo Nº
36093-S, publicado en La Gaceta Nº 158 del 16 de agosto de 2010, las
municipalidades deberán dictar los reglamentos para la gestión integral de los
residuos en su cantón.
f) Que el Cantón cuenta con
el Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos como instrumento para la
planificación y ejecución de la gestión de los residuos a nivel local, aprobado
mediante acuerdo municipal El
g) Que se hace necesario
regular los diferentes aspectos de la gestión de los residuos con el fin de
promover la gestión integral de los mismos en el Cantón.
La Municipalidad de
Alajuelita en uso de las facultades conferidas en el Artículo 140 incisos 3) y
18) y el Artículo 169 de la Constitución Política de la República de Costa Rica;
el Artículo 28 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº
6227; los Artículos 60 inciso c) y 69 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554;
el Artículo 8 inciso b) de la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839;
el Artículo 13 inciso c) del Código Municipal Nº 7794; y según acuerdo
municipal, de la Sesión Ordinaria número 107 de fecha 17 de mayo del 2022.
Decreta:
REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN
INTEGRAL DE RESIDUOS EN EL CANTÓN DE
ALAJUELITA
CAPÍTULO I Disposiciones
Generales
Artículo 1. Principios
Generales. El presente reglamente se rige por los siguientes principios:
a) El crecimiento
poblacional y los patrones de consumo de la sociedad actual han proliferado la
generación de residuos.
b) La gestión inadecuada de
los residuos está ocasionando la contaminación de aguas superficiales, aguas
subterráneas, suelos y el aire.
c) En beneficio y
protección de la salud pública se hace necesario establecer una serie de regulaciones
en cuanto a la gestión de los residuos provenientes de las actividades residenciales,
comerciales e Industriales que se llevan a cabo en el Cantón.
d) Es necesario minimizar
la generación de residuos y disminuir su quema, enterramiento y gestión
deficiente; fomentar la aplicación de prácticas sostenibles como el rechazo, la
reducción, la reutilización y el reciclaje e incursionar en otras formas de
valorización de tipo industrial de los residuos.
e) Los gobiernos locales
deben establecer regulaciones que tomen en cuenta el ciclo de vida de los
bienes de consumo, que promuevan un ambiente habilitante para la economía circular
y que fomenten esquemas de basura cero.
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