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 Normativa >> Reglamento municipal 107 >> Fecha 17/05/2022 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 107 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

PROYECTO DE REGLAMENTO MUNICIPAL GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS

La Municipalidad de Alajuelita en uso de las facultades conferidas en el Artículo 140 incisos 3) y 18) y el Artículo 169 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el Artículo 28 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227; los Artículos 60 inciso c) y 69 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554; el Artículo 8 inciso b) de la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839; el Artículo 13 inciso c) del Código Municipal Nº 7794; y según acuerdo municipal, de la Sesión Ordinaria número 107 de fecha 17 de mayo del 2022.

Considerando:

a) Que el Artículo 50 de la Constitución Política reconoce el derecho de toda persona a gozar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como el deber del Estado de garantizar, defender y preservar dicho derecho.

b) Que de conformidad con el Artículo 169 de la Constitución Política corresponde a la municipalidad la administración de los intereses y servicios locales.

c) Que de conformidad con la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839, publicada en La Gaceta Nº 135 del 13 de julio de 2010, corresponde a las municipalidades la gestión integral de residuos en su cantón.

d) Que de conformidad con el Código Municipal Nº 7794, el Concejo Municipal puede organizar mediante reglamento, la prestación de los servicios públicos municipales.

e) Que de conformidad con el Artículo 8 de la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839, y el Reglamento sobre el Manejo de Residuos Sólidos Ordinarios, Decreto Ejecutivo Nº 36093-S, publicado en La Gaceta Nº 158 del 16 de agosto de 2010, las municipalidades deberán dictar los reglamentos para la gestión integral de los residuos en su cantón.

f) Que el Cantón cuenta con el Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos como instrumento para la planificación y ejecución de la gestión de los residuos a nivel local, aprobado mediante acuerdo municipal El

g) Que se hace necesario regular los diferentes aspectos de la gestión de los residuos con el fin de promover la gestión integral de los mismos en el Cantón.

La Municipalidad de Alajuelita en uso de las facultades conferidas en el Artículo 140 incisos 3) y 18) y el Artículo 169 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el Artículo 28 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227; los Artículos 60 inciso c) y 69 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554; el Artículo 8 inciso b) de la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839; el Artículo 13 inciso c) del Código Municipal Nº 7794; y según acuerdo municipal, de la Sesión Ordinaria número 107 de fecha 17 de mayo del 2022.

Decreta:

REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS EN EL CANTÓN DE

ALAJUELITA

CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Artículo 1. Principios Generales. El presente reglamente se rige por los siguientes principios:

a) El crecimiento poblacional y los patrones de consumo de la sociedad actual han proliferado la generación de residuos.

b) La gestión inadecuada de los residuos está ocasionando la contaminación de aguas superficiales, aguas subterráneas, suelos y el aire.

c) En beneficio y protección de la salud pública se hace necesario establecer una serie de regulaciones en cuanto a la gestión de los residuos provenientes de las actividades residenciales, comerciales e Industriales que se llevan a cabo en el Cantón.

d) Es necesario minimizar la generación de residuos y disminuir su quema, enterramiento y gestión deficiente; fomentar la aplicación de prácticas sostenibles como el rechazo, la reducción, la reutilización y el reciclaje e incursionar en otras formas de valorización de tipo industrial de los residuos.

e) Los gobiernos locales deben establecer regulaciones que tomen en cuenta el ciclo de vida de los bienes de consumo, que promuevan un ambiente habilitante para la economía circular y que fomenten esquemas de basura cero.

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