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 Normativa >> Reglamento municipal 107 >> Fecha 17/05/2022 >> Articulo 19
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Normativa - Reglamento municipal 107 - Articulo 19
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Artículo 19
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Artículo 19. Convenios de Cooperación para la Implementación. La Municipalidad fomentará el establecimiento de convenios con PyMEs, cooperativas y otras organizaciones y/o empresas, para que participen en el proceso de gestión de los residuos y apoyen en el cumplimiento de las funciones establecidas en este reglamento. Para esto se considerará lo establecido en el Artículo 4 inciso f) y Artículo 13 inciso q) del Código Municipal Nº 7794.

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