Artículo 19. Convenios de
Cooperación para la Implementación. La Municipalidad fomentará el
establecimiento de convenios con PyMEs, cooperativas y otras organizaciones y/o
empresas, para que participen en el proceso de gestión de los residuos y apoyen
en el cumplimiento de las funciones establecidas en este reglamento. Para esto se
considerará lo establecido en el Artículo 4 inciso f) y Artículo 13 inciso q)
del Código Municipal Nº 7794.
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