Artículo 29. Llantas y
Neumáticos. Se consideran Residuos de Manejo Especial. Para proceder a su
correcta eliminación, el generador deberá atender las normas definidas en el
Reglamento sobre Llantas de Desecho, Decreto Ejecutivo Nº 33745-S, publicado el
8 de febrero de 2007. Este tipo de residuos no puede incluirse dentro del flujo
de los residuos ordinarios y el servicio de gestión municipal de residuos no
incluye su recolección. El generador es responsable de la correcta gestión y
disposición de este tipo de residuos por medio de gestores autorizados por el
Ministerio de Salud. La Municipalidad podrá coordinar campañas específicas de
recolección de este tipo de residuos.
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