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 Normativa >> Reglamento municipal 107 >> Fecha 17/05/2022 >> Articulo 32
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Normativa - Reglamento municipal 107 - Articulo 32
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Artículo 32
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Artículo 32. Residuos de Construcción y Demolición. El servicio de gestión municipal de residuos no incluye la recolección de escombros o cualquier otro residuo proveniente de construcciones y demoliciones. La responsabilidad por la gestión de estos residuos corresponde al dueño de la propiedad, el cual debe garantizar su recolección, transporte y disposición final en forma directa o mediante un gestor autorizado por el Ministerio de Salud, conforme a las disposiciones propias del Reglamento de Construcciones del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Alcance Nº 62 de La Gaceta Nº 54 del 22 de marzo de 2018 y las que se detallan en el Capítulo IX del presente reglamento.

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