Artículo 38. Gestores
Autorizados. La única forma autorizada para la entrega y disposición de
residuos de cualquier tipo es la que se detalla en el presente reglamento, por
lo tanto, queda absolutamente prohibido entregar los residuos de cualquier
categoría a gestores no autorizados por el Ministerio de Salud, y según las
estipulaciones del Capítulo VI del presente reglamento.
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