Artículo 42. Obligaciones
de los Generadores. Los generadores de residuos tanto residentes como
visitantes en tránsito en el cantón de Alajuelita, en condición de personas
físicas o jurídicas, están obligados y serán responsables de cumplir las
medidas tendientes a evitar, reducir, separar, clasificar, tratar y disponer
adecuadamente los residuos para su valorización o disposición final, sin poner
en riesgo a la población o al ambiente con dicha gestión y acatando lo
estipulado en el presente reglamento.
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