Artículo 43. Obligatoriedad
del Pago del Servicio. De acuerdo con las condiciones que determine el presente
reglamento, los generadores de residuos ordinarios están obligados a cancelar a
la Municipalidad, de forma oportuna, el pago de la tarifa para los servicios de
gestión de residuos, según la Ley para la Gestión Integral de Residuos Nº 8839,
con el fin de contribuir con un ambiente sano y sostenible.
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