Artículo 5. Alcance y
Ámbito de Aplicación. Este reglamento es de acatamiento obligatorio para todas
las personas, físicas y jurídicas, públicas y privadas, generadoras de residuos
de competencia municipal que se encuentren localizados dentro del ámbito
territorial del cantón de Alajuelita cualquiera que sea la actividad o el lugar
de generación. Este reglamento se rige por lo aquí dispuesto y por la Ley para
la Gestión Integral de Residuos Nº 8839 y los reglamentos que de ella se
deriven.
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