Artículo 74. Pérdida de la
Autorización Municipal. La Municipalidad podrá cancelar la autorización a los
gestores privados para laborar dentro del Cantón si incurren en lo siguiente:
a) No realizar la
inscripción o la renovación de la autorización municipal para la gestión de residuos.
b) Morosidad en sus
obligaciones obrero-patronales, permisos y servicios municipales o permisos de
funcionamiento del Ministerio de Salud.
c) Incumplir las
regulaciones establecidas en este reglamento sobre la gestión de los residuos
en alguna de sus etapas.
d) No presentar los
informes solicitados por la Municipalidad por más de dos meses desde su
solicitud.
e) Recibir más de tres
denuncias comprobadas y verificadas de una gestión incorrecta de los residuos,
según las normas establecidas en la legislación nacional y en el presente reglamento.
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