Artículo 77. Plan de
Gestión de Residuos. Previamente y como requisito de aprobación de la licencia
de construcción y/o demolición, el interesado deberá presentar a la Municipalidad
el Plan de Gestión Integral de los Residuos generados, o en su defecto el contrato
con la empresa que va a realizar la gestión de recolección de este tipo de residuos.
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