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 Normativa >> Reglamento municipal 107 >> Fecha 17/05/2022 >> Articulo 88
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Normativa - Reglamento municipal 107 - Articulo 88
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Artículo 88
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Artículo 88. Fiscalización. La Municipalidad, a través del Departamento de Gestión Ambiental, establecerá un registro de los centros de recuperación de residuos valorizables en el Cantón y fiscalizará su operación en conjunto con el Ministerio de Salud.

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