Artículo 6º-Modifíquense los umbrales establecidos en el subinciso (i) del inciso (a) y en el subinciso
(i) del inciso (b) de la Sección B "Entidades del Nivel Subcentral del
Gobierno" del Anexo 10-A del Capítulo Diez "Contratación
Pública" del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la
República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Colombia, los cuales
se ajustan en la forma que de seguido se indica:
"Sección B: Entidades del Nivel Subcentral del Gobierno.
(.)
(a) para contrataciones de bienes y servicios:
(i) US$499,000; (...)
(b) para contrataciones de servicios de construcción:
(i) US$7.032.000; (...)"
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