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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43610 >> Fecha 21/06/2022 >> Articulo 21
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43610 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21.- En todas las puertas que conduzcan al exterior habrá letreros con la palabra SALIDA. En los pasillos se ubicarán flechas luminosas, indicando la dirección de las salidas, conectadas al sistema eléctrico de emergencia y ubicadas de manera que sean visibles aun cuando el pasillo se encuentre lleno de personas. Las letras tendrán una dimensión mínima de quince centímetros (0,15 m).

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