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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43630 >> Fecha 20/07/2022 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43630 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º-Se adiciona el artículo 9° y se corren las numeraciones de los artículos siguientes. El texto del nuevo artículo es el siguiente:

"Artículo 9º-Sobre los vehículos cuyos propietarios requieran realizar cambio de características:

La verificación de cambio de características, tales como color, capacidad, cilindraje, potencia, tipo de combustible, queda suspendida hasta tanto entre operación el nuevo prestador del servicio de inspección técnica vehicular que se llegue a designar"

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