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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43642 >> Fecha 03/08/2022 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43642 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º-Aplíquese un arancel de 3,5% al código arancelario 1006.10.90.00 (arroz en granza) y un 4,0% al código arancelario 1006.30.90.00 (arroz pilado) de Derechos Arancelarios a la Importación a los incisos indicados en el artículo 1 del presente Decreto Ejecutivo, sin perjuicio del gravamen del 1% establecido en la Ley N° 6946 del 13 de enero de 1984.

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