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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 17087 >> Fecha 30/06/1986 >> Articulo 4
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<<     Artículo 4     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 17087 - Articulo 4
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Artículo 4    (No vigente*)
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Artículo 4°-El Consejo Coordinador nombrará un Director Ejecutivo, quien gozará de las facultades necesarias para el desempeño de sus funciones y cometidos y se vinculará periódicamente para los efectos de coordinación con el Equipo Técnico de MIDEPLAN en la Región Brunca, quienes le brindarán todo tipo de apoyo y asesoría.

 

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