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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43689 >> Fecha 07/09/2022 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43689 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9. Requisitos Generales para la solicitud de las autorizaciones ante el Ministerio de Salud o el Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Para aplicar a cualquiera de los tipos de autorizaciones señaladas, se requiere presentar la siguiente información:

a) Formulario de solicitud debidamente completo según el Anexo I del presente Reglamento.

b) Declaración jurada simple donde se haga constar que la persona física solicitante y la persona jurídica y sus asociados o socios no se encuentran afectados por las prohibiciones establecidas en el artículo 11 de la Ley N°10113.

c) Presentar descripción detallada del proyecto productivo que pretende desarrollar según el anexo II del presente Reglamento.

d) El solicitante deberá contar con el Registro Ambiental D2, permisos municipales, y los demás trámites requeridos para realizar actividades de producción agrícola.

e) El Ministerio de Agricultura y Ganadería o el Ministerio de Salud verificarán que el solicitante está inscrito como patrono y se encuentra al día en todas sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y Asignaciones Familiares.

f) El solicitante deberá presentar comprobante de que cuenta con la póliza de riesgos del trabajo.

Cuando el solicitante no esté inscrito como patrono ante la CCSS y no cuente con la póliza de riesgos del trabajo solicitadas en los incisos anteriores. El Ministerio de Agricultura y Ganadería o el Ministerio de Salud hará un apercibimiento a la persona solicitante de realizar la inscripción correspondiente según el tipo de autorización, y presentar el comprobante de pago, dentro del plazo de 3 días hábiles, so pena de no otorgar la autorización en caso de incumplimiento.

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