Artículo 2º-Funciones. Las
principales funciones del Comisionado serán:
a) Dar seguimiento y
evaluar los planes contra todo tipo de discriminación a las poblaciones
indígenas, afrodescendientes, personas con discapacidad y LGBTIQ en las
instituciones públicas.
b) Apoyar la promoción y avance
de proyectos de ley y políticas destinadas al respeto de los derechos de las poblaciones
indígenas, afrodescendientes, personas con discapacidad y LGBTIQ.
c) Establecer mecanismos de
participación de la sociedad en el diseño y evaluación de programas y políticas
públicas.
d) Coadyuvar en la
elaboración de una Política Nacional para una Sociedad Igualitaria Libre de
Discriminación, en la cual se establezca un plan de acción, que comprenda
acciones institucionales específicas con metas e indicadores que permitan y
promuevan el respeto de las personas independientemente del sexo, etnia,
orientación sexual o discapacidad, la prevención y la eliminación de la
violencia y discriminación contra las poblaciones indígenas, afrodescendientes,
personas con discapacidad y LGBTIQ, así como el respecto de sus derechos.
e) Apoyar en la ejecución
de políticas públicas específicas como la Política para las poblaciones
indígenas, afrodescendientes, personas con discapacidad y LGBTIQ, la Política
para la Inclusión educativa, formación y empleo para todas las personas, así como
la Norma de atención de Salud para todos.
f) Dar seguimiento a las
políticas contra la discriminación hacia la población LGBTIQ establecidas en
los Decretos Ejecutivos N° 38999 del 12 de mayo de 2015 y N°40422 del 25 de
mayo de 2017.
g) Coordinar con los
diferentes Ministerios e instituciones de gobierno, y otros organismos
nacionales e internacionales, estos últimos previa autorización del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, todas las actividades relacionadas con
garantizar la igualdad plena a las poblaciones indígenas, afrodescendientes, personas
con discapacidad y LGBTIQ en el país y el disfrute de sus derechos.
h) Coordinar con distintas
instancias públicas, tales como el Sistema Nacional de Información y Registro Único
de Beneficiarios del Estado (SINIRUBE) y el Instituto Nacional de Estadísticas
y Censo (INEC), a fin de recolectar datos de acceso irrestricto para poder alimentar
políticas públicas específicas de acuerdo con las distintas necesidades
particulares.
i) Representar oficialmente
al Gobierno de la República ante organismos nacionales y gestionar las acciones
necesarias con los organismos internacionales multilaterales y bilaterales,
previa autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para dar
seguimiento a las actividades relacionadas con la comunidad Afrocostarricense
en el contexto del Decenio Internacional de la Población Afrodescendiente,
siendo este un eje fundamental de la diplomacia y de la política exterior del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y ante las actividades relacionadas
con las poblaciones aquí indicadas.
j) Coadyuvar con el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en la coordinación de las
actividades nacionales e internacionales que se enmarquen dentro del Decenio
Internacional de los Afrodescendientes declarado por las Naciones Unidas y la
Organización de Estados Americanos y sus respectivos Planes de Acción,
incluyendo la aplicación y seguimiento de la Convención Interamericana contra
el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia entre
otros instrumentos de derechos humanos.
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