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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43808 >> Fecha 22/11/2022 >> Articulo 131
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43808 - Articulo 131
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Artículo 131
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Artículo 131. Cambios de participación en el consorcio. La Administración podrá fijar en el pliego de condiciones, reglas para que los encargados de ejecutar ciertas partes del objeto mantengan determinada participación en el acuerdo consorcial o en el capital social de la persona jurídica, en los casos en que se llegue a constituir, cuando así se solicite, por el tiempo que se estime necesario.

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