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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43808 >> Fecha 22/11/2022 >> Articulo 156
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43808 - Articulo 156
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Artículo 156
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Artículo 156. Recepción de ofertas. Para la recepción de ofertas el plazo será entre tres y cinco días hábiles según la complejidad del objeto contractual, contabilizados a partir del día siguiente a la comunicación de la invitación a participar y hasta el día fijado para la apertura de ofertas, inclusive.

Antes de recibir ofertas, por razones de interés público o institucional, la Administración, podrá dejar sin efecto el respectivo concurso dejando constancia de su decisión mediante una resolución motivada.

Si la contratación está cubierta por el monto del umbral de un instrumento comercial internacional vigente, deberá respetarse lo dispuesto en cuanto al plazo mínimo según lo previsto en el artículo 9 de la Ley General de Contratación Pública.

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