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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43808 >> Fecha 22/11/2022 >> Articulo 259
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43808 - Articulo 259
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Artículo 259
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CAPÍTULO III

RECURSO DE APELACIÓN

Artículo 259. Supuestos. El recurso de apelación deberá presentarse ante la Contraloría General de la República mediante el sistema digital unificado dentro de los ocho días hábiles siguientes a la comunicación del acto final, cuando se recurra el acto final de una licitación mayor; o el acto final de un procedimiento promovido por la Caja Costarricense del Seguro Social, en el supuesto previsto en el artículo 97 inciso c) de la Ley General de Contratación Pública, cuando el monto alcance el umbral previsto para la licitación mayor de las contrataciones de bienes y servicios del régimen ordinario.

Cuando el procedimiento estuviere conformado por líneas independientes, la Administración continuará con la tramitación de las líneas no apeladas.

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