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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43808 >> Fecha 22/11/2022 >> Articulo 263
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43808 - Articulo 263
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Artículo 263
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Artículo 263. Admisibilidad del recurso. Una vez vencido el plazo para apelar, la Contraloría General de la República contará con un plazo de ocho días hábiles para analizar la admisibilidad del recurso. En caso de determinar que el recurso resulta admisible, dentro de dicho plazo conferirá audiencia inicial por el plazo de ocho días hábiles a la Administración, al adjudicatario y a los otros participantes con una mejor posición en el sistema de evaluación respecto de los cuales se formulen alegatos en el recurso, a fin de que se pronuncien sobre el recurso presentado y los elementos probatorios que hayan sido aportados. Caso contrario, cuando la apelación no sea admisible, en el mismo plazo deberá rechazar el recurso.

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