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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43808 >> Fecha 22/11/2022 >> Articulo 41
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43808 - Articulo 41
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Artículo 41
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Artículo 41. Gestión de la aplicación del modelo tarifario. El Ministerio de Hacienda deberá tomar las previsiones necesarias, estableciendo el mecanismo para el pago de una tarifa por parte de las entidades usuarias del sistema, con el fin de garantizar la operatividad del mismo y su sostenibilidad, que le permitan atender en tiempo y forma la totalidad de los costos asociados con la prestación del servicio, incluyendo la administración del sistema.

En caso de tercerización del sistema, el pago por parte de cada una de las instituciones usuarias de éste, se realizará directamente al operador y el porcentaje correspondiente al costo de administración, se depositará en la caja única del estado, todo de conformidad con lo establecido en el Reglamento de cobro de tarifas.

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