Artículo 75. Compra pública
consolidada para impulsar la participación de las PYMES. Las modalidades de compra pública consolidada como los convenios marco o
los sistemas dinámicos de adquisiciones, podrán utilizarse para favorecer
la participación de las PYMES en la contratación pública. De igual
forma, se podrá promover compras consolidadas exclusivas para PYMES, en
tanto las condiciones del mercado lo permitan y así resulte acreditado
por la Dirección de Contratación Pública en coordinación con el Ministerio
de Economía, Industria y Comercio.
Para estos efectos, la
Autoridad de Contratación Pública también podrá implementar criterios de
regionalización atendiendo a los lineamientos que al efecto le proporcione el Ministerio
de Economía, Industria y Comercio, los cuales deberán ser considerados por la Dirección
de Contratación Pública al diseñar los convenios marco que garanticen la inclusión
de PYMES por zonas y objetos específicos, como puede ser el caso de micros, pequeños
y medianos productores agrícolas.
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