Buscar:
 Normativa >> Ley 5160 >> Fecha 10/01/1973 >> Articulo 4
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 4     >>
Normativa - Ley 5160 - Articulo 4
Ir al final de los resultados
Artículo 4
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 4°-El Poder Ejecutivo por medio del Ministerio de Hacienda hará una emisión de siete millones de colones (¢ 7.000,000.(0) en bonos con las siguientes características:

Denominación: "Bonos Teatro Nacional".

Plazo: diez años.

Amortizaciones: anuales.

Intereses: ocho por ciento anual, pagaderos trimestralmente y libres del Impuesto sobre la Renta.

Ir al inicio de los resultados