Artículo 4°-El Poder Ejecutivo por medio del
Ministerio de Hacienda hará una emisión de siete millones de colones (¢
7.000,000.(0) en bonos con las siguientes características:
Denominación: "Bonos Teatro
Nacional".
Plazo: diez años.
Amortizaciones: anuales.
Intereses: ocho por ciento anual, pagaderos
trimestralmente y libres del Impuesto sobre la Renta.
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