Buscar:
 Normativa >> Ley 5160 >> Fecha 10/01/1973 >> Articulo 5
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 5     >>
Normativa - Ley 5160 - Articulo 5
Ir al final de los resultados
Artículo 5
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 5°_El Poder Ejecutivo pagará el costo de los terrenos que por esta Ley se expropian, con la emisión de bonos que se autoriza por medio del artículo anterior y el saldo se girará a la Junta Administrativa del Teatro Nacional para realizar las mejoras que considere convenientes.

Ir al inicio de los resultados